Si no eres Contribuyente de IVA, no debes realizar ninguna acción específica, pues a contar del 1° de agosto de 2022, el Banco realizará el recargo correspondiente, si efectúas algún pago en los comercios declarados por el SII en su sitio web.
Podrás visualizar la transacción de compra y la de recargo de IVA Digital, de forma independiente, en tus Estados de Cuenta y/o Cartolas, con la glosa IVA Digital (19%) + Variable (la variable, corresponde al nombre del comercio).
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